La guía completa sobre la validez científica y la evaluación del funcionamiento del IVDR de la UE

Guía de validez científica de la IVDR de la UE para productos sanitarios para diagnóstico in vitro

El Reglamento UE IVDR 2017/746 de la Unión Europea impone normas estrictas a los fabricantes de productos sanitarios para diagnóstico in vitro, en particular sobre el establecimiento de la validez científica con su enfoque en la seguridad de los pacientes. El concepto de validez científica es uno de los aspectos clave de la legislación europea IVDR, ya que exige que los fabricantes establezcan la validez científica de cada producto individual de diagnóstico in vitro para demostrar su relación con una condición médica o fisiología específica.

Definición de la validez científica y su función en virtud del reglamento europeo IVDR 2017

De acuerdo con el artículo 56 y el anexo XIII del EU IVDR 2017/746, la validez científica consiste en la asociación de un analito con la condición clínica o el estado fisiológico que el producto de diagnóstico in vitro puede respaldar para su uso previsto mediante el diagnóstico, el control o la predicción de la enfermedad. Esto significa que debe existir una asociación de un analito con la condición clínica necesaria para demostrar la eficacia de los productos de diagnóstico in vitro con el fin de ayudar al diagnóstico, el control o la predicción de una enfermedad. La validez científica de los productos de diagnóstico in vitro debe basarse en las evidencias científicas más recientes, lo que incluye la revisión bibliográfica sistemática y artículos de investigación.

Documentación de la validez científica en los fabricantes

  1. Revisión bibliográfica sistemática: los fabricantes deben realizar una revisión bibliográfica sistemática que sea rigurosa y objetiva para demostrar la validez científica. Deben revisar la bibliografía científica revisada por pares, los consensos y las directrices, así como realizar estudios de prueba de concepto cuando sea necesario.

  2. Trazabilidad: es fundamental que los fabricantes garanticen que las fuentes utilizadas en el proceso de demostración de la validez científica sean trazables. La trazabilidad garantiza la credibilidad de las pruebas científicas y asegura la conexión entre el analito y la finalidad médica prevista del producto.

  3. Métodos y enfoque: los fabricantes deben documentar el enfoque utilizado para recopilar y evaluar los datos científicos en el plan de evaluación del funcionamiento. Esto incluiría la descripción de la selección, la evaluación y el análisis de los datos científicos y las fuentes de información que podrían obtenerse de diferentes bases de datos científicas y opiniones de expertos.

  4. Estado del arte: los fabricantes deben asegurarse de que la validez científica sea coherente con el estado del arte más reciente en la materia. Esto significa que los fabricantes deben buscar las normas pertinentes, los consensos y el conocimiento de la comunidad científica sobre la importancia clínica del analito.

  5. Evaluación del funcionamiento: la evaluación del funcionamiento incluye la demostración de la validez científica entre otros criterios, tales como el funcionamiento analítico y el funcionamiento clínico del producto. La validez científica demuestra el fundamento teórico del producto; el funcionamiento analítico, su capacidad para medir el analito; y el funcionamiento clínico, su utilidad clínica.

  6. Actualizaciones continuas: la documentación de la validez científica no es un proceso que se realice una sola vez. Los fabricantes deben actualizar constantemente los informes de evaluación del funcionamiento basándose en nuevas pruebas.

El entorno regulatorio: el reglamento IVDR de la UE y su desarrollo

El reglamento IVDR de la UE, que se implantó en 2017 y entró en vigor en mayo de 2022, es significativamente más estricto con los fabricantes de productos de diagnóstico in vitro que su predecesora, la Directiva sobre productos sanitarios para diagnóstico in vitro. Dichas diferencias se refieren al proceso de clasificación, a una mayor participación de los organismos notificados y a un mayor control posterior a la comercialización. Según el reglamento, todos los productos de diagnóstico in vitro con marcado CE deben cumplir los criterios de seguridad, funcionamiento y validez científica. Las organizaciones sanitarias que utilizan productos de diagnóstico in vitro de fabricación interna deben cumplir los criterios básicos de seguridad y funcionamiento; sin embargo, no están obligadas a que sus productos sean evaluados por las autoridades reguladoras en caso de distribución no comercial. El reglamento IVDR exige documentación adicional; concretamente, el fabricante tiene que demostrar la validez científica de su producto, lo que significa que no solo debe ser seguro y eficaz, sino que también debe estar validado científicamente.

Requisitos fundamentales para demostrar la validez científica

Para cada producto sanitario para diagnóstico in vitro, se debe demostrar la validez científica. Para ello, el fabricante debe demostrar lo siguiente:

  • El estado actual de los conocimientos científicos relativos al biomarcador y su asociación con la enfermedad.

  • Una revisión sistemática de la bibliografía con énfasis en artículos de investigación revisados por pares, metanálisis y directrices clínicas.

  • El rastreo de fuentes y la evaluación de la calidad de toda la bibliografía a la que se haga referencia.

  • La metodología, que incluye la búsqueda bibliográfica y la metodología de evaluación.

  • La conclusión general sobre la fuerza de la asociación y la justificación, si es necesario, debido a la falta de datos o a la existencia de datos contradictorios.

  • La validez de las pruebas científicas para los requisitos generales de seguridad y funcionamiento mencionados en las secciones 1 a 9 del anexo I es esencial, junto con los datos sobre el funcionamiento del producto.

Evaluación del funcionamiento según el reglamento IVDR

La evaluación del funcionamiento de los productos de diagnóstico in vitro se realiza en función de tres componentes principales:

  • la validez científica,

  • el funcionamiento analítico y

  • el funcionamiento clínico.

La validez científica es la prueba de la relevancia científica del biomarcador para la condición médica o el estado fisiológico en cuestión. El funcionamiento analítico consiste en garantizar que el producto es capaz de medir el analito deseado, mientras que el funcionamiento clínico vincula el funcionamiento del producto con los resultados clínicos, asegurando que el producto funciona en la realidad. Estos tres componentes constituyen la base de la evaluación del funcionamiento, y cada uno de ellos debe documentarse y actualizarse continuamente en la documentación técnica del producto.

Procedimientos para el cumplimiento de la validez científica en la fabricación

  • Garantizar que exista un programa eficaz de evaluación del funcionamiento que incluya la evaluación de la validez científica de acuerdo con el anexo XIII del reglamento IVDR.

  • Realizar búsquedas bibliográficas periódicas, mantenerse al día con las pruebas y asegurarse de que se registran todos los procesos y resultados.

  • Establecer procedimientos de evaluación clínica si existen lagunas en la bibliografía, por ejemplo, estudios de prueba de concepto y de funcionamiento clínico.

Observación: para el caso de un estudio de funcionamiento clínico intervencionista, se han demostrado el funcionamiento analítico y la validez científica, habiendo tenido en cuenta el estado del arte. En caso de que no se haya establecido la validez científica del diagnóstico de acompañamiento, se debe realizar una justificación científica para el uso del biomarcador.

Orientaciones oficiales y materiales de apoyo

En cuanto a la validez científica de los productos de acuerdo con el reglamento IVDR, se pueden utilizar orientaciones oficiales como los documentos del MDCG, especialmente el documento MDCG 2020-16, que ofrece una visión de la clasificación y el cumplimiento del reglamento IVDR. Además, los fabricantes pueden revisar el anexo XIII de la IVDR para familiarizarse con los procedimientos de evaluación del funcionamiento que incluyen la validez científica. Las autoridades reguladoras y las organizaciones de consultoría proporcionan sus materiales de apoyo para ayudar a los fabricantes a abordar los procesos de validez científica y evaluación del funcionamiento bajo el reglamento IVDR. Es fundamental seguir constantemente las actualizaciones normativas de la EMA y los artículos revisados por pares.

Estudio comparativo: el reglamento IVDR de la UE con otros marcos reguladores internacionales de productos de diagnóstico in vitro

Para comprender claramente en qué se diferencia el reglamento IVDR de la UE de otros marcos internacionales, a continuación se presenta una tabla comparativa:

Aspecto

EU IVDR 2017/746

FDA de EE. UU. (510(k) o PMA)

Japón (PMDA)

Canadá (Health Canada)

India (CDSCO)

Sistema de clasificación de riesgos

Sistema de cuatro clases (A, B, C, D)

Basado en el riesgo, sin esquema de clasificación oficial

Basado en el riesgo, similar a los sistemas de EE. UU. y la UE

Similar al sistema de clasificación de la UE

Basado en el riesgo, alineado con las normas globales

Requisito de validez científica

Debe demostrar la asociación del analito con la condición clínica

Requerido para nuevas pruebas pero menos estructurado

Similar a la UE, requiriendo estudios de validación

Similar a la UE, requiere pruebas de validez clínica

Obligatorio para todos los productos de diagnóstico in vitro, se requieren pruebas documentadas

Evaluación del funcionamiento

Debe documentar la validez científica, el funcionamiento analítico y el clínico

Se centra en el funcionamiento analítico; el funcionamiento clínico se requiere en algunos casos

Enfatiza el funcionamiento clínico y analítico

Requiere la validación tanto del funcionamiento analítico como del clínico

Requiere validez científica y datos de funcionamiento

Clasificación del riesgo y validez científica

De acuerdo con el reglamento IVDR de la UE, la cantidad de pruebas necesarias para demostrar la validez científica depende de la clasificación del riesgo del producto. La clasificación basada en el riesgo se divide en cuatro categorías de conformidad con el reglamento IVDR: clase A, B, C y D. La clase A es la categoría de menor riesgo, mientras que la clase D es la de mayor riesgo.

  • Clase A: la validez científica de los productos de bajo riesgo debe demostrarse mediante una revisión bibliográfica y debe haber información suficiente para probar la relevancia del biomarcador para el fin médico. El número de referencias y la cantidad de datos pueden no ser tan elevados como en otros tipos de productos.

  • Clase B: estos productos presentan un riesgo moderado y las pruebas de validez científica deben ser exhaustivas. De este modo, debe haber al menos una revisión bibliográfica sistemática, pero también puede haber otras fuentes de pruebas que demuestren la conexión entre el analito y la enfermedad.

  • Clase C: los productos de alto riesgo deben contar con el mayor nivel de pruebas de validez científica. Para ello, debe haber numerosas referencias e información sobre la validación clínica y la investigación.

  • Clase D: los productos de mayor riesgo requieren el máximo nivel de prueba de validez científica. Debe existir el mayor nivel posible de pruebas de validez científica, lo que incluye bibliografía revisada por pares y validación clínica.

Validez de los productos de diagnóstico in vitro de clase A en virtud de la regla 5(b) del reglamento IVDR

La regla 5 del reglamento IVDR clasifica una amplia gama de productos sanitarios para diagnóstico in vitro en diferentes grupos; entre ellos se encuentran los productos sanitarios para diagnóstico in vitro de clase A. La regla 5(b) describe los instrumentos que han sido fabricados especialmente por los fabricantes con la intención de ser utilizados en procedimientos de diagnóstico in vitro como pertenecientes a los productos de diagnóstico in vitro de clase A.

La validez científica de tales productos de diagnóstico in vitro es importante debido a la necesidad de garantizar que el producto cumpla su finalidad prevista de forma eficaz y eficiente. La validez científica para los productos de diagnóstico in vitro en la regla 5(b) se describe como la prueba de que el producto ha cumplido ciertas normas de calidad para proporcionar un resultado preciso. La norma incluye no solo la fabricación y la finalidad prevista del producto, sino también la capacidad del producto para proporcionar un diagnóstico según lo declarado por el fabricante.

Los fabricantes de productos de diagnóstico in vitro deben aportar pruebas de la idoneidad del funcionamiento del instrumento tal y como se exige en las normas del reglamento IVDR. La documentación aportada debe demostrar que el funcionamiento del instrumento es adecuado para los procedimientos de diagnóstico in vitro previstos a pesar de su riesgo relativamente bajo.

Identificación de modelos de software relevantes y creación de validez científica para el software de diagnóstico in vitro como producto sanitario

En el caso de que exista un programa informático como producto sanitario en relación con los productos sanitarios para diagnóstico in vitro, es importante que los fabricantes se aseguren de clasificar el programa informático en términos de validez científica.

  1. Existen diferentes modelos de programas informáticos según sus finalidades:

  2. Programa informático como producto sanitario independiente con beneficio clínico: el modelo de programa informático destinado a ser utilizado con fines médicos con el fin de ofrecer beneficios clínicos, por lo que necesita una gran evaluación clínica y de funcionamiento (programas informáticos que pueden detectar o ayudar en el diagnóstico de enfermedades)

Programas informáticos que controlan o influyen en otro producto sanitario: programas informáticos que controlan o influyen en otro producto sanitario y que no están destinados a obtener beneficios clínicos directos (por ejemplo, programas informáticos utilizados en el control de bombas de insulina). En este caso, el funcionamiento clínico viene determinado por el producto al que controla.

Validez científica para el software de diagnóstico in vitro como producto sanitario

Para demostrar la validez científica del software de diagnóstico in vitro como producto sanitario, los fabricantes deben demostrar que los resultados del programa informático, basados en las entradas del programa y los algoritmos utilizados, son válidos desde el punto de vista científico, así como relacionados con la condición clínica o el estado fisiológico que constituye el objetivo del producto.

Esto se puede demostrar mediante:

  • Revisión bibliográfica,

  • Estudios de funcionamiento clínico,

  • Datos de registros o bases de datos seleccionadas, y

  • Investigaciones clínicas propias del fabricante

Requisitos de validez científica para calibradores y materiales de control en productos de diagnóstico in vitro

La validez científica de los calibradores y materiales de control en los productos sanitarios para diagnóstico in vitro es esencial para garantizar la exactitud y fiabilidad de los resultados obtenidos. De acuerdo con el reglamento IVDR, la validez científica de un producto puede definirse como la conexión entre un analito y una condición clínica o estado fisiológico. Para los calibradores y los materiales de control, la validez científica debe confirmarse demostrando que los analitos contenidos en ellos presentan una correlación precisa con determinadas condiciones clínicas. Es posible utilizar información ya disponible en la bibliografía u otras fuentes para confirmar la validez científica. Sin embargo, en los casos en que no se disponga de suficiente información al respecto o si el producto es nuevo, puede ser necesaria información adicional (estudios de funcionamiento, por ejemplo).

Aplicación del impacto del reglamento IVDR

Para cumplir con la aplicación del reglamento IVDR, el fabricante deberá suministrar información científicamente válida y actualizada como parte de la evaluación de la conformidad y de la documentación técnica. En este caso, esto implica que, durante la presentación del reglamento IVDR, el fabricante no solo tendrá que actualizar el archivo técnico, sino también demostrar su validez científica de acuerdo con las normas científicas más recientes. El proceso incluirá una evaluación de los biomarcadores y otros datos científicos, lo que puede llevar tiempo debido a las elevadas exigencias del proceso de presentación del reglamento IVDR.

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